Condenados tres directivos de una empresa por trato humillante a dos trabajadores
Tres directivos, dos hombres y una mujer, de una empresa ubicada en Tenerife y Gran Canaria han sido condenados por el Tribunal Supremo (TS) como autores de los delitos de abuso sexual y acoso laboral del que fueron víctimas dos trabajadores.
A la directiva se le impone una pena de 8 meses de prisión por acoso laboral, a otro jefe por este mismo cargo un año y un año y siete meses por dos delitos de abuso sexual y al otro directivo se le condena a un año y ocho meses de cárcel por el mismo cargo mientras que fueron absuelto de delito de odio.
El hombre y la mujer responsables de la sede en Gran Canaria deben abonar 15.000 euros a cada una de las trabajadoras y el otro jefe en Tenerife hacer lo propio con 6.000 euros a una empleada y 3.000 a la otra.
El Tribunal da por probado que el matrimonio que ejercía de delegados en Gran Canaria, desde marzo de 2017, “prevaliéndose de su posición jerárquica”, sometieron a las dos trabajadoras a “un continuo y reiterado trato humillante,ofensivo, despreciativo, menoscabando su integridad psíquica”.
El Supremo cita que las obligaban cada día a desayunar y comer en el lugar que ellos decidieran, a enviar a las 7:55, cinco minutos antes de la entrada, un WhatsApp dando los buenos días y debían contestar a otro mensaje remitido entre las 22 y las 23 horas.
El delegado entraba cada mañana en la oficina dando golpes con las manos mientras gritaba: “Vamos a reventar”, lo que debían repetir todos, y también se le achaca lanzar expresiones desagradables a una de las trabajadoras en su despacho.
A la otra empleada la sometió a frecuentes insinuaciones sexuales, le hacía llamadas con comentarios y propuestas inadecuadas.
A la directiva se le impone una pena de 8 meses de prisión por acoso laboral, a otro jefe por este mismo cargo un año y un año y siete meses por dos delitos de abuso sexual y al otro directivo se le condena a un año y ocho meses de cárcel por el mismo cargo mientras que fueron absuelto de delito de odio.
El hombre y la mujer responsables de la sede en Gran Canaria deben abonar 15.000 euros a cada una de las trabajadoras y el otro jefe en Tenerife hacer lo propio con 6.000 euros a una empleada y 3.000 a la otra.
El Tribunal da por probado que el matrimonio que ejercía de delegados en Gran Canaria, desde marzo de 2017, “prevaliéndose de su posición jerárquica”, sometieron a las dos trabajadoras a “un continuo y reiterado trato humillante,ofensivo, despreciativo, menoscabando su integridad psíquica”.
El Supremo cita que las obligaban cada día a desayunar y comer en el lugar que ellos decidieran, a enviar a las 7:55, cinco minutos antes de la entrada, un WhatsApp dando los buenos días y debían contestar a otro mensaje remitido entre las 22 y las 23 horas.
El delegado entraba cada mañana en la oficina dando golpes con las manos mientras gritaba: “Vamos a reventar”, lo que debían repetir todos, y también se le achaca lanzar expresiones desagradables a una de las trabajadoras en su despacho.
A la otra empleada la sometió a frecuentes insinuaciones sexuales, le hacía llamadas con comentarios y propuestas inadecuadas.
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