Miércoles, 24 de Septiembre de 2025

Efe S/C de Tenerife
Viernes, 23 de Mayo de 2025

Condenado a cuatro años de cárcel por la estafa a dos personas con criptomonedas

La Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha condenado a un hombre a cuatro años de cárcel por considerarlo autor de un delito continuado de estafa agravada en el negocio de las criptomonedas.



El TSJC también le condena al pago de 5.000 euros a uno de los denunciantes y de 105.000 a otro además del abono de una multa de 1000 euros.

Una de las víctimas fue informada a través del padre del acusado que su hijo se dedicaba a este negocio y aceptó invertir en el mismo pero al desconocer el español, le pidió ayuda al otro denunciante y firmaron sus contratos entre junio y julio de 2021 por el que cada uno de ellos le entregaba 5.000 euros.

En las semanas siguientes se llevaron a cabo reuniones en los que el procesado relataba la evolución favorable de las operaciones pese a que el dinero lo había destinado a otros fines, según la sentencia del tribunal canario.

A continuación la segunda víctima le entregó 100.000 euros más por medio de una transferencia, de la que se apropió también, al no devolver importe alguno a ninguno de los dos inversores y ni siquiera dedicar el dinero en la mencionada plataforma digital por lo que resultó condenado por la Audiencia.

El acusado apeló ante el TSJC que la legislación española no regula este tipo de inversiones, dado que al contrario que las tradicionales sólo existe en internet y no pueden considerarse un depósito de valor de unidad de cuenta estable de alto riesgo.

A lo que la Sala responde que los estafados entregaron el dinero con la promesa de que la inversión les iba a producir un rendimiento económico elevado, lo que nunca ocurrió.

El TSJC concluye que el encausado mintió al asegurar que haría diversas y provechosas inversiones pero muy al contrario se apropió de las cantidades recibidas, sin acometer operación financiera alguna, “lo que permite concluir que su comportamiento fue engañoso y su intención desde el principio era captatoria”.

Durante el juicio el encausado no quiso contestar a preguntas “enormemente relevantes” sobre dónde estaba el dinero, si informó a los clientes del estado de sus inversiones y evolución de las cotizaciones.

“Este silencio del acusado resulta sorprendente si tenemos en cuenta que tales cuestiones están en directa relación con su propia línea de defensa”, indica el fallo.

El procesado siempre alegó que cumplió con su compromiso, pero el dinero se perdió por las fluctuaciones de las criptomonedas, ya que se trata de una inversión de alto riesgo, y por la quiebra o cierre de una de las plataformas que usó, sin dar más datos.

La Sala consideró “significativo” que el condenado no respondiera a estas cuestiones por lo que se le impuso la mencionada pena, ratificada ahora en segunda instancia.

 

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