Piden 15 años para un acusado de violar y dejar embarazada a su hijastra menor de edad
La Fiscalía de Santa Cruz de Tenerife ha mantenido este martes su petición de 15 años de cárcel, el máximo previsto en la ley, para un acusado de violar de forma casi diaria desde 2019 a 2023 a su hijastra menor de edad, que quedó embarazada y dio a luz en su casa a una niña con un 95% de discapacidad.
La acusación particular que ejerce el Gobierno de Canarias se ha adherido a la petición del Ministerio Público, incluida una indemnización de 10.000 euros, y la defensa solicita la libre absolución o que en caso de condena se tenga en cuenta que no hubo intimidación, de manera que se imponga al acusado un máximo de 10 años.
Durante la vista en la Audiencia Provincial el acusado tuvo que ser desalojado en dos ocasiones de la Sala alegando que no estaba de acuerdo con su abogado y tenía derecho a un juicio justo, lo que la Sala entendió como una negativa a declarar, argumento que repitió en el turno de última palabra, de forma más calmada.
El procesado en sus declaraciones en el Juzgado no ha negado los hechos pero asegura que la joven estaba enamorada de él, que era ella quien tenía la iniciativa, habían tenido relaciones consentidas en una decena de ocasiones y que lo insultaba poniendo en duda su hombría para motivarlo a tener sexo.
El Fiscal llamó la atención sobre que el día del nacimiento del bebé fue la última ocasión que la agredió tras romper aguas, porque le dijo que “así dilataba mejor” y luego la ayudó en el parto.
Las peritos confirmaron que la pruebas de ADN demuestran que existen 700 millones de posibilidades de que el acusado sea el padre de la recién nacida, lo que descarta cualquier otra alternativa, aunque cuando éste en su día le dijo a su pareja que las pruebas estaban manipuladas.
La técnica de la Dirección General del Menor encargada de gestionar el expediente indicó que la madre tiene una discapacidad mental del 65% y que ya había sido declarada junto con su otra hermana en situación de riesgo, y al nacer la niña pasó a estar internada y en desamparo.
Calificaron a la joven de “muy vulnerable” al presentar cierta discapacidad, y haber justificado que no declarara lo que ocurría por las amenazas del acusado de llevar a todos los hermanos a un centro de acogida.
Aunque la menor no presenta en la actualidad una sintomatología clínica relevante, sí existe “una alta probabilidad” de aparición de secuelas psíquicas posteriores y resulta significativo que cuando habla de lo ocurrido se disocie como si se refiriera a otra persona.
A los policía locales que el 3 de junio de 2023, cuando tuvo lugar el parto, trasladaron a la joven al centro de acogida les llamó la atención que permanecía “demasiado introvertida”, “en shock”, sus palabras eran “muy escuetas”, lo que no se correspondía con la supuesta alegría que debía tener por el nacimiento.
Al preguntar por el padre respondió que era un chico llamado Oliver, de Fuerteventura, quien al enterarse de que estaba embarazada la había bloqueado en el teléfono y redes sociales.
También les resultó significativo a los policías que el padrastro llamara al centro pero en vez de interesarse por cómo estaba o si necesitaba algo les preguntó qué había contado la menor.
La policía conocía al acusado porque era una persona “muy conflictiva”, con varios antecedentes y una condena en 2001 por agresión sexual y ya en la cárcel envió cartas a la joven instándole a que mantuviera su versión de los hechos.
El procesado había iniciado una relación sentimental con la madre de la menor, nacida de otra relación, y juntos se fueron a vivir a la casa de la mujer situada en Anaga.
Según la Fiscalía el hombre era consciente de que su hijastra tenía menos de 16 años y aprovechando que vivían juntos comenzó a llevar a la niña al dormitorio de matrimonio cuando su pareja no estaba en la casa, realizándole tocamientos y llevando a cabo relaciones completas sin protección, pese a la negativa de ella.
La acusación particular que ejerce el Gobierno de Canarias se ha adherido a la petición del Ministerio Público, incluida una indemnización de 10.000 euros, y la defensa solicita la libre absolución o que en caso de condena se tenga en cuenta que no hubo intimidación, de manera que se imponga al acusado un máximo de 10 años.
Durante la vista en la Audiencia Provincial el acusado tuvo que ser desalojado en dos ocasiones de la Sala alegando que no estaba de acuerdo con su abogado y tenía derecho a un juicio justo, lo que la Sala entendió como una negativa a declarar, argumento que repitió en el turno de última palabra, de forma más calmada.
El procesado en sus declaraciones en el Juzgado no ha negado los hechos pero asegura que la joven estaba enamorada de él, que era ella quien tenía la iniciativa, habían tenido relaciones consentidas en una decena de ocasiones y que lo insultaba poniendo en duda su hombría para motivarlo a tener sexo.
El Fiscal llamó la atención sobre que el día del nacimiento del bebé fue la última ocasión que la agredió tras romper aguas, porque le dijo que “así dilataba mejor” y luego la ayudó en el parto.
Las peritos confirmaron que la pruebas de ADN demuestran que existen 700 millones de posibilidades de que el acusado sea el padre de la recién nacida, lo que descarta cualquier otra alternativa, aunque cuando éste en su día le dijo a su pareja que las pruebas estaban manipuladas.
La técnica de la Dirección General del Menor encargada de gestionar el expediente indicó que la madre tiene una discapacidad mental del 65% y que ya había sido declarada junto con su otra hermana en situación de riesgo, y al nacer la niña pasó a estar internada y en desamparo.
Calificaron a la joven de “muy vulnerable” al presentar cierta discapacidad, y haber justificado que no declarara lo que ocurría por las amenazas del acusado de llevar a todos los hermanos a un centro de acogida.
Aunque la menor no presenta en la actualidad una sintomatología clínica relevante, sí existe “una alta probabilidad” de aparición de secuelas psíquicas posteriores y resulta significativo que cuando habla de lo ocurrido se disocie como si se refiriera a otra persona.
A los policía locales que el 3 de junio de 2023, cuando tuvo lugar el parto, trasladaron a la joven al centro de acogida les llamó la atención que permanecía “demasiado introvertida”, “en shock”, sus palabras eran “muy escuetas”, lo que no se correspondía con la supuesta alegría que debía tener por el nacimiento.
Al preguntar por el padre respondió que era un chico llamado Oliver, de Fuerteventura, quien al enterarse de que estaba embarazada la había bloqueado en el teléfono y redes sociales.
También les resultó significativo a los policías que el padrastro llamara al centro pero en vez de interesarse por cómo estaba o si necesitaba algo les preguntó qué había contado la menor.
La policía conocía al acusado porque era una persona “muy conflictiva”, con varios antecedentes y una condena en 2001 por agresión sexual y ya en la cárcel envió cartas a la joven instándole a que mantuviera su versión de los hechos.
El procesado había iniciado una relación sentimental con la madre de la menor, nacida de otra relación, y juntos se fueron a vivir a la casa de la mujer situada en Anaga.
Según la Fiscalía el hombre era consciente de que su hijastra tenía menos de 16 años y aprovechando que vivían juntos comenzó a llevar a la niña al dormitorio de matrimonio cuando su pareja no estaba en la casa, realizándole tocamientos y llevando a cabo relaciones completas sin protección, pese a la negativa de ella.
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