Tres años de cárcel por simular ser el dueño de un piso y cobrar el alquiler
    
   
	    
	
    
        
    
    
        
          
		
    
        			        			        			        			        			        	
                                
                    			        			        			        			        			        
    
    
    El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha ratificado la pena impuesta a un hombre que simuló ser el dueño de un piso consistente en tres años y medio de cárcel, una multa de 1.080 euros y la obligación de devolver los 690 euros que le cobró a una mujer por el alquiler de dicho inmueble.
	
	
        
        
        			        			        			        			        			        			        			        			        			        			        
        
                
        
        
Además, deberá indemnizar a la víctima con 500 euros por daños morales.
 
 
![[Img #100645]](https://gomeraverde.es/upload/images/09_2025/6124_00.jpg)
 
 
A principios de año, la Audiencia de Santa Cruz de Tenerife consideró al acusado autor de un delito de estafa agravada y le impuso las mencionadas penas, que han sido ahora ratificadas, dado que había sido condenado en otras tres ocasiones por el mismo delito.
El encausado, de 40 años, simuló en julio de 2023 ser propietario de una vivienda en La Laguna y contactó con la víctima, que la quería dedicar a vivienda habitual.
La madre de ésta fue quien contactó y negoció con el acusado y pensando que tenía a libre disposición la vivienda le hizo dos transferencias, una de ellas por valor de 450 euros en concepto de reserva a una cuenta del acusado.
Una semana más tarde haría otra más de 240 euros en la cuenta de la que es titular quien entonces era su novia, que en principio estuvo también procesada pero luego fue absuelta al no demostrarse que actuara en connivencia con su exnovio ni se lucrara con el dinero estafado.
En el recurso presentado en segunda instancia se pedía que el posible impago de la multa se compensara mediante trabajos a beneficio de la comunidad y no de prisión.
El TSJC rechazó la apelación al considerar que los hechos dados por probados “son acertadamente razonados” y coincide en la pena de cárcel fijada dados los antecedentes penales del procesado.
La petición también es rechazada al darse por seguro que entrará en prisión, con lo cual no nunca podría realizar los mencionados trabajos.
El hombre había sido condenado por estafa en otras tres ocasiones en 2022 a varios meses de prisión, multas y localización permanente, y se había suspendido su entrada en prisión por dos años, plazo que incumplió cuando cometió este último delito. 
 
        
        
    
       
            
    
        
        
	
    
                                    	
                                        
                                                                                                                                                                                                                                                                                        
    
    
	
    
Además, deberá indemnizar a la víctima con 500 euros por daños morales.
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A principios de año, la Audiencia de Santa Cruz de Tenerife consideró al acusado autor de un delito de estafa agravada y le impuso las mencionadas penas, que han sido ahora ratificadas, dado que había sido condenado en otras tres ocasiones por el mismo delito.
El encausado, de 40 años, simuló en julio de 2023 ser propietario de una vivienda en La Laguna y contactó con la víctima, que la quería dedicar a vivienda habitual.
La madre de ésta fue quien contactó y negoció con el acusado y pensando que tenía a libre disposición la vivienda le hizo dos transferencias, una de ellas por valor de 450 euros en concepto de reserva a una cuenta del acusado.
Una semana más tarde haría otra más de 240 euros en la cuenta de la que es titular quien entonces era su novia, que en principio estuvo también procesada pero luego fue absuelta al no demostrarse que actuara en connivencia con su exnovio ni se lucrara con el dinero estafado.
En el recurso presentado en segunda instancia se pedía que el posible impago de la multa se compensara mediante trabajos a beneficio de la comunidad y no de prisión.
El TSJC rechazó la apelación al considerar que los hechos dados por probados “son acertadamente razonados” y coincide en la pena de cárcel fijada dados los antecedentes penales del procesado.
La petición también es rechazada al darse por seguro que entrará en prisión, con lo cual no nunca podría realizar los mencionados trabajos.
El hombre había sido condenado por estafa en otras tres ocasiones en 2022 a varios meses de prisión, multas y localización permanente, y se había suspendido su entrada en prisión por dos años, plazo que incumplió cuando cometió este último delito. 


 
                          
                          
                         








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