La Audiencia mantiene la pena de prisión para una vidente por estafa pero rebaja la multa
La Audiencia Provincial tinerfeña ha limitado a 8.150 euros la condena por estafa a una vidente de La Cuesta en La Laguna a la que inicialmente se le había obligado al pago de 18.300 euros, pero mantiene la pena de dos años de cárcel.
En segunda instancia se considera que la cifra determinada por el Juzgado de lo Penal es “desproporcionada” ya que en realidad “sólo” queda como probada “sin ningún género de dudas” la entrega de 8.150 como confirmó la condenada en un audio.
Los sucesivos fallos consideran probado que a finales de mayo de 2022, la víctima acudió a este local porque tenía dolores estomacales cuyo origen atribuía a las hermanas de su pareja.
La encausada, según el fallo, se aprovechó de su vulnerabilidad y le hizo creer que efectivamente estaba siendo perjudicada por prácticas de brujería contra ella y que sufría cáncer, pese a saber que estas afirmaciones no eran ciertas.
La mujer le pidió el pagó de 8.150 euros para realizar unos rituales, que según dijo, la iban a hacer desaparecer el tumor y acabarían con la brujería, lo que la estafada creyó y por lo tanto abonó la mencionada cantidad en efectivo.
Luego convenció a la clienta de que su hijo tenía también un tumor y le pidió 10.150 euros para curarlo, dinero que le habría entregado también en efectivo, pero como las dolencias del joven seguían la condenada requirió otros 16.000 euros “para cerrar el cáncer” que no llegó a entregar.
La vidente presentó un recurso ante la Audiencia que lo estimó de forma parcial en el que alegaba que la víctima acudió al establecimiento de forma voluntaria para solucionar sus problemas de salud, y que cualquier persona sabe lo que se va a encontrar en este tipo de locales.
“Por lo tanto no hubo engaño alguno, nunca le comentó que tuviera cáncer ni tampoco su hijo, ni se le cobraron los 18.300 euros, sino unos 3.000 por los trabajos que le encargó”, por lo que pedía su absolución.
La Audiencia considera que el testimonio de la denunciante ha sido creíble, “no solo por ser firme y persistente” durante el procedimiento, sino porque vino corroborado en lo declarado por sus hermanos, sobre el estado anímico de la denunciante en la fecha de los hechos.
También se confirmó que acudía al establecimiento para sanar sus dolencias, servicios que allí se prestaban y el importante desembolso económico que hizo, además de otras pruebas como los audios y mensajes de whatsapp aportados en los que se demuestra que aportó esos 8.000 euros.
Una psicóloga confirmó que la perjudicada acudió a su consulta por experimentar un alto nivel de estrés tras lo vivido en estas sesiones en las que según dijo, la denunciada insistía en que estaba enferma, aumentado de forma extrema su preocupación por su salud y sometimiento a múltiples pruebas.
En segunda instancia se considera que la cifra determinada por el Juzgado de lo Penal es “desproporcionada” ya que en realidad “sólo” queda como probada “sin ningún género de dudas” la entrega de 8.150 como confirmó la condenada en un audio.
Los sucesivos fallos consideran probado que a finales de mayo de 2022, la víctima acudió a este local porque tenía dolores estomacales cuyo origen atribuía a las hermanas de su pareja.
La encausada, según el fallo, se aprovechó de su vulnerabilidad y le hizo creer que efectivamente estaba siendo perjudicada por prácticas de brujería contra ella y que sufría cáncer, pese a saber que estas afirmaciones no eran ciertas.
La mujer le pidió el pagó de 8.150 euros para realizar unos rituales, que según dijo, la iban a hacer desaparecer el tumor y acabarían con la brujería, lo que la estafada creyó y por lo tanto abonó la mencionada cantidad en efectivo.
Luego convenció a la clienta de que su hijo tenía también un tumor y le pidió 10.150 euros para curarlo, dinero que le habría entregado también en efectivo, pero como las dolencias del joven seguían la condenada requirió otros 16.000 euros “para cerrar el cáncer” que no llegó a entregar.
La vidente presentó un recurso ante la Audiencia que lo estimó de forma parcial en el que alegaba que la víctima acudió al establecimiento de forma voluntaria para solucionar sus problemas de salud, y que cualquier persona sabe lo que se va a encontrar en este tipo de locales.
“Por lo tanto no hubo engaño alguno, nunca le comentó que tuviera cáncer ni tampoco su hijo, ni se le cobraron los 18.300 euros, sino unos 3.000 por los trabajos que le encargó”, por lo que pedía su absolución.
La Audiencia considera que el testimonio de la denunciante ha sido creíble, “no solo por ser firme y persistente” durante el procedimiento, sino porque vino corroborado en lo declarado por sus hermanos, sobre el estado anímico de la denunciante en la fecha de los hechos.
También se confirmó que acudía al establecimiento para sanar sus dolencias, servicios que allí se prestaban y el importante desembolso económico que hizo, además de otras pruebas como los audios y mensajes de whatsapp aportados en los que se demuestra que aportó esos 8.000 euros.
Una psicóloga confirmó que la perjudicada acudió a su consulta por experimentar un alto nivel de estrés tras lo vivido en estas sesiones en las que según dijo, la denunciada insistía en que estaba enferma, aumentado de forma extrema su preocupación por su salud y sometimiento a múltiples pruebas.












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