Sanidad incrementa un 26,6 por ciento el número de Manifestaciones Anticipadas de Voluntad durante 2025
En Canarias hay vigentes actualmente 28.276 MAV, de las que cerca del 64 por ciento se corresponden con mujeres y el 36 por ciento restante, con hombres
La Consejería de Sanidad del Gobierno de Canarias registró un total de 4.611 Manifestaciones Anticipadas de Voluntad (MAV) durante el año 2025, de las que 2.994 fueron hechas por mujeres, es decir, el 63,87 por ciento, y las 1.617 restantes, por hombres, el 35,06 por ciento. Estas cifras representan un aumento del 26,6 por ciento en el número de MAV registradas con respecto a 2024, cuando se realizaron 3.642.
![[Img #104642]](https://gomeraverde.es/upload/images/08_2026/2185_00.jpg)
De las 4.611 MAV registradas durante 2025, la gran mayoría, el 86 por ciento, se realizaron ante funcionario público de la consejería de Sanidad; 632, el trece por ciento, ante notario y quince se hicieron ante testigos, lo que representa el 0,33 por ciento del total.
En Canarias hay vigentes actualmente un total de 28.276 personas que han realizado una Manifestación Anticipada de Voluntad, de las que el 63,87 por ciento se corresponden con mujeres y el 36,13 por ciento restante, con hombres.
Distribución por islas
Del total de MAV realizadas en el año 2025 veintidós han sido registradas en la isla de El Hierro; quince, en La Gomera; 161, en La Palma; 1.667 MAV en la isla de Tenerife; 2.035, en Gran Canaria; 263, en Fuertevetura, y 443 en la isla de Lanzarote. Además, hay cinco MAV que se corresponden con personas que residen en municipios no canarios.
Funciones
La función principal de las MAV es que la persona otorgante deje constancia por escrito de sus preferencias e instrucciones sobre los cuidados de su salud y tratamientos sanitarios que acepta recibir o que rechaza, con el fin de que puedan respetarse y aplicarse por el personal sanitario en el momento en el que no tenga capacidad de expresarlas personalmente y sea necesaria la actuación sanitaria.
La MAV permite, además, designar una o varias personas de confianza de la persona otorgante para que actúen en calidad de representante, y cuya función será velar por el correcto cumplimiento de los valores e instrucciones manifestadas en el documento inscrito.
Contenido
La MAV es un documento mediante el cual una persona deja por escrito sus preferencias e instrucciones sobre los cuidados y tratamientos sanitarios que desea recibir, o rechaza, en el caso de que, llegado el momento, no tenga capacidad para expresarlo personalmente.
Este documento permite expresar aspectos como:
– Aceptación o rechazo de determinados tratamientos o procedimientos médicos.
– Valores personales y objetivos vitales relacionados con el final de la vida.
– Donación del cuerpo o de órganos una vez producida la defunción.
– Aceptación o rechazo de la eutanasia, conforme a lo establecido en la Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo.
Al mismo tiempo, este testamento vital permite designar una o varias personas de confianza de la persona otorgante para que actúen en calidad de representante, y cuya función será velar por el correcto cumplimiento de los valores e instrucciones manifestadas en el documento inscrito.
El personal sanitario está obligado a respetar lo recogido en la MAV siempre que el paciente se encuentre en la situación clínica prevista en el documento.
Cómo y dónde realizar una MAV
Las manifestaciones anticipadas de voluntad pueden realizarse de tres formas diferentes:
- Ante los funcionarios habilitados expresamente para ello por la Secretaría General Técnica de la Consejería de Sanidad
En este caso, la persona que desee realizar su MAV debe solicitar cita previa llamando al teléfono 012 (928 301 012 o 922 470 012) y, en función de la isla en la que resida, se le informará de los diferentes puntos para otorgar su MAV así como de las citas disponibles.
- Ante cualquier notario perteneciente al Colegio Notarial de Canarias.
Las personas que deseen realizar su MAV de forma gratuita ante notario, pueden hacerlo en virtud del convenio suscrito entre la Consejería de Sanidad y el Colegio Notarial de Canarias. Para ello, deben solicitar, a través del teléfono 012, una autorización notarial que les será remitida desde el Registro de Manifestaciones Anticipadas de Voluntad, con el fin de que pueda acudir al notario de su elección.
- Ante tres testigos.
Si la persona otorgante opta por formalizar su manifestación anticipada de voluntad ante tres testigos, estos deben ser personas mayores de edad, con plena capacidad de obrar y no vinculadas con el otorgante por razón de matrimonio o relación análoga, parentesco hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad o relación laboral, patrimonial o de servicios. Para la inscripción de la manifestación anticipada de voluntad así otorgada en el Registro de Manifestaciones Anticipadas de Voluntad, debe presentarse o remitirse el documento firmado por el otorgante y los tres testigos a dicho Registro, acompañado de las copias compulsadas de los Documentos Nacionales de Identidad, pasaportes u otros documentos válidos para acreditar la identidad de la persona otorgante, de los testigos y, en su caso, del representante.
- Además, desde noviembre de 2025, en virtud de convenio celebrado entre la Consejería de Sanidad y el Colegio de Médicos de Las Palmas, podrá cumplimentar su documento de manifestaciones anticipadas de voluntad on-line y formalizarlo ante tres testigos que son facilitados por el Colegio de Médicos de Las Palmas, que se encargará, asimismo, de la remisión al Registro. Para formalizar su documento de esta forma debe acceder a la página web del Colegio de Médicos de Las Palmas, www.medicoslaspalmas.es
![[Img #104642]](https://gomeraverde.es/upload/images/08_2026/2185_00.jpg)
De las 4.611 MAV registradas durante 2025, la gran mayoría, el 86 por ciento, se realizaron ante funcionario público de la consejería de Sanidad; 632, el trece por ciento, ante notario y quince se hicieron ante testigos, lo que representa el 0,33 por ciento del total.
En Canarias hay vigentes actualmente un total de 28.276 personas que han realizado una Manifestación Anticipada de Voluntad, de las que el 63,87 por ciento se corresponden con mujeres y el 36,13 por ciento restante, con hombres.
Distribución por islas
Del total de MAV realizadas en el año 2025 veintidós han sido registradas en la isla de El Hierro; quince, en La Gomera; 161, en La Palma; 1.667 MAV en la isla de Tenerife; 2.035, en Gran Canaria; 263, en Fuertevetura, y 443 en la isla de Lanzarote. Además, hay cinco MAV que se corresponden con personas que residen en municipios no canarios.
Funciones
La función principal de las MAV es que la persona otorgante deje constancia por escrito de sus preferencias e instrucciones sobre los cuidados de su salud y tratamientos sanitarios que acepta recibir o que rechaza, con el fin de que puedan respetarse y aplicarse por el personal sanitario en el momento en el que no tenga capacidad de expresarlas personalmente y sea necesaria la actuación sanitaria.
La MAV permite, además, designar una o varias personas de confianza de la persona otorgante para que actúen en calidad de representante, y cuya función será velar por el correcto cumplimiento de los valores e instrucciones manifestadas en el documento inscrito.
Contenido
La MAV es un documento mediante el cual una persona deja por escrito sus preferencias e instrucciones sobre los cuidados y tratamientos sanitarios que desea recibir, o rechaza, en el caso de que, llegado el momento, no tenga capacidad para expresarlo personalmente.
Este documento permite expresar aspectos como:
– Aceptación o rechazo de determinados tratamientos o procedimientos médicos.
– Valores personales y objetivos vitales relacionados con el final de la vida.
– Donación del cuerpo o de órganos una vez producida la defunción.
– Aceptación o rechazo de la eutanasia, conforme a lo establecido en la Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo.
Al mismo tiempo, este testamento vital permite designar una o varias personas de confianza de la persona otorgante para que actúen en calidad de representante, y cuya función será velar por el correcto cumplimiento de los valores e instrucciones manifestadas en el documento inscrito.
El personal sanitario está obligado a respetar lo recogido en la MAV siempre que el paciente se encuentre en la situación clínica prevista en el documento.
Cómo y dónde realizar una MAV
Las manifestaciones anticipadas de voluntad pueden realizarse de tres formas diferentes:
- Ante los funcionarios habilitados expresamente para ello por la Secretaría General Técnica de la Consejería de Sanidad
En este caso, la persona que desee realizar su MAV debe solicitar cita previa llamando al teléfono 012 (928 301 012 o 922 470 012) y, en función de la isla en la que resida, se le informará de los diferentes puntos para otorgar su MAV así como de las citas disponibles.
- Ante cualquier notario perteneciente al Colegio Notarial de Canarias.
Las personas que deseen realizar su MAV de forma gratuita ante notario, pueden hacerlo en virtud del convenio suscrito entre la Consejería de Sanidad y el Colegio Notarial de Canarias. Para ello, deben solicitar, a través del teléfono 012, una autorización notarial que les será remitida desde el Registro de Manifestaciones Anticipadas de Voluntad, con el fin de que pueda acudir al notario de su elección.
- Ante tres testigos.
Si la persona otorgante opta por formalizar su manifestación anticipada de voluntad ante tres testigos, estos deben ser personas mayores de edad, con plena capacidad de obrar y no vinculadas con el otorgante por razón de matrimonio o relación análoga, parentesco hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad o relación laboral, patrimonial o de servicios. Para la inscripción de la manifestación anticipada de voluntad así otorgada en el Registro de Manifestaciones Anticipadas de Voluntad, debe presentarse o remitirse el documento firmado por el otorgante y los tres testigos a dicho Registro, acompañado de las copias compulsadas de los Documentos Nacionales de Identidad, pasaportes u otros documentos válidos para acreditar la identidad de la persona otorgante, de los testigos y, en su caso, del representante.
- Además, desde noviembre de 2025, en virtud de convenio celebrado entre la Consejería de Sanidad y el Colegio de Médicos de Las Palmas, podrá cumplimentar su documento de manifestaciones anticipadas de voluntad on-line y formalizarlo ante tres testigos que son facilitados por el Colegio de Médicos de Las Palmas, que se encargará, asimismo, de la remisión al Registro. Para formalizar su documento de esta forma debe acceder a la página web del Colegio de Médicos de Las Palmas, www.medicoslaspalmas.es












Normas de participación
Esta es la opinión de los lectores, no la de este medio.
Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios inapropiados.
La participación implica que ha leído y acepta las Normas de Participación y Política de Privacidad
Normas de Participación
Política de privacidad
Por seguridad guardamos tu IP
216.73.217.152