Ratifican tres años de prisión por robar con violencia a dos de turistas en Tenerife
La Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife ha ratificado la pena de tres años de prisión impuesta a un hombre por robar con violencia a una pareja de turistas cuando regresaba del Centro Comercial Las Verónicas, en Arona, aunque ha acordado reducir a la mitad las multas impuestas por dos delitos de lesiones.
La resolución mantiene asimismo las indemnizaciones de 440 euros para la mujer y 330 euros para el hombre, además de la cantidad que se determine en ejecución de sentencia por el valor de los objetos sustraídos, una vez que el fallo sea firme.
Los hechos ocurrieron sobre las 02:00 horas del 28 de agosto de 2025, cuando el acusado abordó por sorpresa y de forma violenta a la pareja, a la que se aproximó por la espalda con una patineta.
Golpeó al hombre y arrancó el bolso a la mujer, que contenía un teléfono móvil y tarjetas bancarias.
Según la sentencia, el asalto se produjo de forma "agresiva" y con el propósito de causar daño.
Tras empujar a los turistas, ambos cayeron al suelo y el acusado se abalanzó sobre la mujer para apoderarse de su bolso y huir posteriormente del lugar.
Durante el forcejeo, el hombre consiguió reducir al acusado, quien pidió "ayuda" a un empleado de un hotel que se encontraba en las inmediaciones.
El acusado consiguió finalmente zafarse y huir, aunque posteriormente fue localizado en un establecimiento de la zona, donde fue identificado por las víctimas y por el trabajador que había presenciado los hechos.
La defensa recurrió la sentencia ante la Audiencia y alegó, entre otros motivos, que el fallo no había tenido en cuenta el cambio en las conclusiones del Ministerio Fiscal, que había solicitado reducir la pena de prisión a dos años y medio y las multas a la mitad.
También cuestionó que se hubiera otorgado valor de prueba de cargo a los testimonios de los testigos pese a las "importantes" contradicciones que, a su juicio, presentaban y a la ausencia de elementos objetivos externos que los corroborasen.
El Ministerio Fiscal apoyó parcialmente el recurso, pero únicamente en lo relativo a la reducción de las multas por los dos delitos de lesiones.
La Audiencia considera que el resto de los motivos no pueden prosperar y destaca que los testimonios de los testigos, incluidos los agentes de policía, coincidieron en identificar al acusado como autor del robo.
Para el tribunal, las valoraciones realizadas en la sentencia recurrida son "lógicas, racionales, razonables y suficientes" para sustentar la condena, por lo que mantiene los tres años de prisión impuestos por el robo con violencia.
La resolución mantiene asimismo las indemnizaciones de 440 euros para la mujer y 330 euros para el hombre, además de la cantidad que se determine en ejecución de sentencia por el valor de los objetos sustraídos, una vez que el fallo sea firme.
Los hechos ocurrieron sobre las 02:00 horas del 28 de agosto de 2025, cuando el acusado abordó por sorpresa y de forma violenta a la pareja, a la que se aproximó por la espalda con una patineta.
Golpeó al hombre y arrancó el bolso a la mujer, que contenía un teléfono móvil y tarjetas bancarias.
Según la sentencia, el asalto se produjo de forma "agresiva" y con el propósito de causar daño.
Tras empujar a los turistas, ambos cayeron al suelo y el acusado se abalanzó sobre la mujer para apoderarse de su bolso y huir posteriormente del lugar.
Durante el forcejeo, el hombre consiguió reducir al acusado, quien pidió "ayuda" a un empleado de un hotel que se encontraba en las inmediaciones.
El acusado consiguió finalmente zafarse y huir, aunque posteriormente fue localizado en un establecimiento de la zona, donde fue identificado por las víctimas y por el trabajador que había presenciado los hechos.
La defensa recurrió la sentencia ante la Audiencia y alegó, entre otros motivos, que el fallo no había tenido en cuenta el cambio en las conclusiones del Ministerio Fiscal, que había solicitado reducir la pena de prisión a dos años y medio y las multas a la mitad.
También cuestionó que se hubiera otorgado valor de prueba de cargo a los testimonios de los testigos pese a las "importantes" contradicciones que, a su juicio, presentaban y a la ausencia de elementos objetivos externos que los corroborasen.
El Ministerio Fiscal apoyó parcialmente el recurso, pero únicamente en lo relativo a la reducción de las multas por los dos delitos de lesiones.
La Audiencia considera que el resto de los motivos no pueden prosperar y destaca que los testimonios de los testigos, incluidos los agentes de policía, coincidieron en identificar al acusado como autor del robo.
Para el tribunal, las valoraciones realizadas en la sentencia recurrida son "lógicas, racionales, razonables y suficientes" para sustentar la condena, por lo que mantiene los tres años de prisión impuestos por el robo con violencia.












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