Miércoles, 14 de Octubre de 2026

CCOO
Miércoles, 14 de Octubre de 2026

CCOO logra una sentencia histórica que obliga a compensar los festivos que caen en sábado en el sector del campo de Canarias

El Tribunal de Instancia nº 5 de Santa Cruz de Tenerife reconoce el derecho de la plantilla de Bonny SAT en Granadilla de Abona a un día de descanso compensatorio por cada festivo coincidente con el descanso semanal, con efectos retroactivos

 

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La Justicia ha dado la razón a CCOO Canarias en un conflicto colectivo que marca un antes y un después en el sector agrario canario. La Sentencia nº 415/2026, dictada por el Magistrado-Juez D. Félix Barriuso Algar, declara el derecho de los trabajadores y trabajadoras de Bonny, Sociedad Agraria de Transformación, en su centro de Granadilla de Abona, a recibir un día de descanso compensatorio por cada festivo no recuperable que coincida en sábado con su descanso semanal, con efectos retroactivos de un año desde la interposición del conflicto.

 

La sentencia estima parcialmente la demanda interpuesta por CCOO Canarias y condena a la empresa a estar y pasar por esta declaración, rechazando los argumentos empresariales de que la ampliación del descanso semanal o la jornada anual inferior a la del convenio ya compensaban estos solapamientos. El fallo se apoya en la doctrina del Tribunal Supremo (sentencias de 2022 y 2025) y en el criterio uniforme de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, que impide que los festivos sean absorbidos por el descanso semanal cuando este está fijado en días fijos.


Un logro de la representación legal de los trabajadores

 

Esta victoria judicial no habría sido posible sin la labor incansable de la representación legal de los trabajadores de Bonny SAT y de la Federación de CCOO Canarias, que detectaron la práctica empresarial, recabaron la prueba documental y defendieron con rigor jurídico una reclamación que afecta a un número significativo de personas en el sector del campo en Canarias. La sentencia subraya que ni el convenio colectivo regional del campo ni ningún pacto de empresa establecían una compensación específica para estos festivos, lo que evidenciaba una laguna que vulneraba el derecho al descanso.

 

El sindicato destaca que esta resolución sienta un precedente de gran importancia para todo el sector agrario, donde es habitual que las jornadas se desarrollen de lunes a viernes con descanso fijo en sábado y domingo. A partir de ahora, las empresas deberán compensar con un día adicional los festivos que coincidan con el sábado, tal y como ya venían reclamando los representantes de los trabajadores.

 

Efectos retroactivos y alcance de la sentencia

 

El fallo reconoce el derecho a la compensación con efectos retroactivos desde un año antes de la presentación de la papeleta de conciliación ante el Tribunal Laboral Canario, lo que supone un reconocimiento económico y de descanso efectivo para la plantilla afectada. La sentencia no fija un plazo máximo de 14 días para el disfrute, como pedía la demanda, remitiendo esta cuestión a la negociación colectiva o al pacto individual, pero consolida el derecho sustantivo al descanso compensatorio.

 

Contra esta resolución cabe recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, si bien desde CCOO se valora muy positivamente el sentido del fallo y se anima a las empresas del sector a adaptar sus calendarios laborales para cumplir con la doctrina judicial sin necesidad de nuevos litigios.

 

CCOO reafirma su compromiso con el descanso digno en el campo

 

Desde CCOO Canarias se subraya que esta sentencia es fruto de la perseverancia y la defensa colectiva de los derechos de la clase trabajadora. "No se trata solo de una victoria para la plantilla de Bonny SAT, sino para todo el sector agrario de Canarias. Los festivos son descansos retribuidos y no recuperables, y no pueden desaparecer porque caigan en sábado. Seguiremos trabajando para que esta doctrina se aplique en todas las empresas del campo", señalan desde la Federación.

 

La organización sindical agradece especialmente el trabajo de la representación legal de los trabajadores en la empresa y de los servicios jurídicos de CCOO, cuya labor ha sido determinante para que el Tribunal haya acogido los argumentos sindicales y haya puesto en valor el derecho constitucional al descanso.

 

 

 

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