Autorizado convenio entre Agencia Tributaria y Ayuntamiento de Valle Gran Rey
El Consejo de Gobierno autorizó este miércoles la suscripción de un convenio entre la Agencia Tributaria Canaria (ATC) y el Ayuntamiento de Valle Gran Rey, para la prestación del servicio de gestión del cobro en vía ejecutiva de los tributos y otros ingresos de derecho público de su competencia.
![[Img #86675]](https://gomeraverde.es/upload/images/08_2022/8624_00.jpg)
Mediante la firma de este convenio, la ATC asume la facultad de recaudación en vía ejecutiva de los ingresos de naturaleza tributaria y no tributaria de dicho ayuntamiento, a cambio del pago mensual de una cantidad determinada, precisa el Gobierno en un comunicado tras la reunión del Consejo de Gobierno.
En concreto, la corporación insular deberá abonar mensualmente a la ATC tres euros por cada deuda cargada, más una cantidad adicional que se determinará en función de la fecha de cancelación o data de la misma sobre la base de unos baremos establecidos.
Asimismo, los ingresos correspondientes a los intereses de demora devengarán un 7 por ciento ya sean por aplazamientos o fraccionamientos de pago, o por actuaciones de embargo.
A semejanza de anteriores convenios, la vigencia se retrotrae al día 1 de enero de 2019, a fin de aplicarles los nuevos porcentajes, más favorables que los precedentes, con ocasión de la modificación de las condiciones del encargo de la Agencia Tributaria Canaria a la sociedad mercantil pública GRECASA, hoy Asistencia Integral Tributaria S.A. (ASISTA CANARIAS).
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Mediante la firma de este convenio, la ATC asume la facultad de recaudación en vía ejecutiva de los ingresos de naturaleza tributaria y no tributaria de dicho ayuntamiento, a cambio del pago mensual de una cantidad determinada, precisa el Gobierno en un comunicado tras la reunión del Consejo de Gobierno.
En concreto, la corporación insular deberá abonar mensualmente a la ATC tres euros por cada deuda cargada, más una cantidad adicional que se determinará en función de la fecha de cancelación o data de la misma sobre la base de unos baremos establecidos.
Asimismo, los ingresos correspondientes a los intereses de demora devengarán un 7 por ciento ya sean por aplazamientos o fraccionamientos de pago, o por actuaciones de embargo.
A semejanza de anteriores convenios, la vigencia se retrotrae al día 1 de enero de 2019, a fin de aplicarles los nuevos porcentajes, más favorables que los precedentes, con ocasión de la modificación de las condiciones del encargo de la Agencia Tributaria Canaria a la sociedad mercantil pública GRECASA, hoy Asistencia Integral Tributaria S.A. (ASISTA CANARIAS).








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