Condenados a 3 años y 6 meses por agresión sexual en centro de menores
La Audiencia Provincial de Las Palmas ha condenado a 3 años y 6 meses de cárcel a dos internos de un centro de menores de San Bartolomé de Tirajana por agresión sexual a una auxiliar técnico del establecimiento, en aplicación de la nueva Ley Orgánica de garantía integral de la libertad sexual.
La anterior legislación castigaba con penas de 5 a 10 años de prisión la agresión sexual, mientras que la nueva establece una horquilla de 2 a 8 años, por lo que el Ministerio Fiscal modificó su petición durante el juicio y la sala aplica "sin duda" la nueva normativa por ser "más favorable", según establece la sentencia.
Los dos condenados, de origen marroquí y en situación irregular en España, eran en realidad mayores de edad cuando sucedieron los hechos, según declara probado la sentencia, en la que se señala que una vez cumplidos dos tercios de la pena serán expulsados de España con prohibición de regresar en diez años.
La sección sexta de la Audiencia Provincial de Las Palmas declara probado que el 12 de mayo de 2021 los dos acusados agarraron fuertemente a la trabajadora cuando iba habitación por habitación para avisar de la hora de la cena y le tocaron los pechos y la vagina por encima de la ropa antes de que lograra escapar.
El Ministerio Fiscal, teniendo en cuenta la nueva legislación, pidió cuatro años de cárcel, pero el tribunal lo ha dejado en 3 años y 6 meses, porque, al no existir agravantes, aplica la pena posible, de 2 a 5 años, en su mitad inferior.
Se descarta sin embargo la pena mínima porque la agresión requirió "cierta preparación", ya que se produjo después de que un desconocido apagara la luz, además de que existió "cierta presión ambiental", porque los hechos fueron a oscuras, y utilizaron la fuerza para empujar a la víctima contra la pared.
Los dos agresores deben indemnizar a su víctimas con 2.000 euros por daños morales y deberán participar en programas formativos, laborales y de educación sexual.
La anterior legislación castigaba con penas de 5 a 10 años de prisión la agresión sexual, mientras que la nueva establece una horquilla de 2 a 8 años, por lo que el Ministerio Fiscal modificó su petición durante el juicio y la sala aplica "sin duda" la nueva normativa por ser "más favorable", según establece la sentencia.
Los dos condenados, de origen marroquí y en situación irregular en España, eran en realidad mayores de edad cuando sucedieron los hechos, según declara probado la sentencia, en la que se señala que una vez cumplidos dos tercios de la pena serán expulsados de España con prohibición de regresar en diez años.
La sección sexta de la Audiencia Provincial de Las Palmas declara probado que el 12 de mayo de 2021 los dos acusados agarraron fuertemente a la trabajadora cuando iba habitación por habitación para avisar de la hora de la cena y le tocaron los pechos y la vagina por encima de la ropa antes de que lograra escapar.
El Ministerio Fiscal, teniendo en cuenta la nueva legislación, pidió cuatro años de cárcel, pero el tribunal lo ha dejado en 3 años y 6 meses, porque, al no existir agravantes, aplica la pena posible, de 2 a 5 años, en su mitad inferior.
Se descarta sin embargo la pena mínima porque la agresión requirió "cierta preparación", ya que se produjo después de que un desconocido apagara la luz, además de que existió "cierta presión ambiental", porque los hechos fueron a oscuras, y utilizaron la fuerza para empujar a la víctima contra la pared.
Los dos agresores deben indemnizar a su víctimas con 2.000 euros por daños morales y deberán participar en programas formativos, laborales y de educación sexual.
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