Martes, 11 de Noviembre de 2025

Asociación Conservación Biodiversidad Canaria
Lunes, 31 de Julio de 2023
Ante la apertura de la inminente temporada de caza

la ACBC llama al uso responsable del hurón y a actualizar la normativa

El hurón es un animal auxiliar para la caza que se ha asilvestrado en varias islas depredando aves y reptiles endémicos, así como animales de granja.

Según consta en el Banco de Datos de la Biodiversidad de Canarias, durante los últimos años se ha constatado el establecimiento de hurones asilvestrados en Tenerife, La Palma, La Gomera y El Hierro.


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Su presencia en el medio natural de Canarias no solo afecta a la cacería al incidir negativamente sobre especies cinegéticas como conejos o perdices sino que, sobre todo, constituye una amenaza mortal para la conservación de las poblaciones de especies de aves nativas y endémicas que nidifican en el suelo, como podrían ser la terrera marismeña, el bisbista caminero, la chocha perdiz o la paloma rabiche. Asimismo, se han comprobado daños en conejos y gallinas en granjas.


Otro aspecto sobre el que queremos llamar la atención es el de la transmisión de enfermedades al ser humano. Los hurones son portadores de varias especies de bacterias patógenas que pueden provocar problemas gastrointestinales graves en las personas, como la salmonelosis y la colitis crónica, patologías que ya se han detectado en hurones asilvestrados de Canarias.

 

En cuanto a las enfermedades parasitarias, hay que incidir en la gran importancia de la desparasitación, tanto interna como externa, de estos animales, no solo por su propia salud sino también por la de las personas. Por todo ello, se deben manejar y mantener observando las adecuadas condiciones higiénicas y someterlos periódicamente a control veterinario. Asimismo, invitamos a su registro e identificación voluntaria.


La Ley y el Reglamento de Caza de Canarias prescriben que el uso de los hurones, como elemento auxiliar para la caza del conejo, se hará siempre que estos cuenten con el registro sanitario correspondiente y, sobre todo, que vayan provistos en el momento de su uso con el zálamo, o bozal, atado al cuello. En otras palabras, el uso de hurones sin zálamo está prohibido. Si se cumpliese con la normativa legal vigente, los hurones con zálamo que se escapasen no podrían causar daños en el medio silvestre. Sin embargo, la normativa canaria de protección de los animales domésticos no obliga a su identificación y registro.


Por todo ello, solicitamos del Gobierno de Canarias que:


1.    Se establezca la obligatoriedad de identificación de los hurones y se regulen las marcas y métodos para hacerlo, de acuerdo con el artículo 4, apartado c), del Reglamento de la Ley 9/1991, de 30 de abril, de protección de los animales y se desarrollan otros aspectos relacionados con los mismos.


2.    Se den instrucciones a la Policía Canaria y se recabe la colaboración de los agentes de medio ambiente y del SEPRONA de la Guardia Civil para garantizar el uso del hurón con bozal durante la actividad cinegética.

 

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